Ruta de navegación

Certificado de disponibilidad de los recursos o excedentes financieros

Artículo 82, Decreto 111 de 1996: “La disponibilidad de los ingresos de la Nación para abrir los créditos adicionales al presupuesto será certificada por el Contador General de la Nación”.

 

Periodo

6509338-pdf
6381418-pdf
6373427-pdf
6084018-pdf
6058792-pdf
No hay documentos ni archivos multimedia en esta carpeta.

{title}

Ahora mismo por

{title}

Ahora mismo por