Refrendación de Eficiencia Administrativa
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Refrendación de Eficiencia Administrativa
- ¿Cuál es el marco normativo del Proceso de Refrendación de Eficiencia Administrativa?
R/En el marco de lo establecido por los artículos 356 y 357 de la Constitución Política de Colombia se creó el Sistema General de Participaciones, el cual está constituido por las transferencias de recursos de la Nación a las diferentes entidades territoriales de manera anual, uno de los componentes de este recurso es la participación de propósito general y uno de sus criterios de distribución está definido en aplicación del literal d) del numeral 2 del artículo 79 de la Ley 715 de 2001, modificado por el artículo 23 de la Ley 1176 de 2007, el cual determina: “d) El 10% por eficiencia administrativa en la racionalización del gasto. Entendida como el incentivo a los distritos y municipios que cumplan con los límites establecidos para los gastos de funcionamiento de la administración central de que trata la Ley 617 de 2000 o las normas que la modifiquen, sustituyan o adicionen. (…) La Contaduría General de la Nación será la entidad encargada de certificar al DNP, antes del 30 de septiembre de cada año, la diferencia entre el valor certificado a cada municipio y distrito por la Contraloría General de la República y el límite correspondiente establecido por la Ley 617 de 2000”, reglamentado en la Resolución 255 de 2014 de la Contaduría General de la Nación (CGN).
- ¿Qué es el Proceso de Refrendación de Eficiencia Administrativa?
R/La Contraloría General de la República (CGR), certifica los Ingresos Corrientes de Libre Destinación (ICLD) y los Gastos de Funcionamiento de cada departamento, distrito y municipio del país para cada una de las vigencias.
La Contaduría General de la Nación (CGN), con base en la información certificada por la CGR, procede a comparar que la razón resultante de dividir los Gastos de Funcionamiento, entre los Ingresos Corrientes de Libre Destinación, no sobrepase el tope máximo estipulado para cada uno de los departamento, distrito y municipio del país, acorde a la categoría que ostenta cada uno de ellos, teniendo en cuenta las siguientes tablas:LIMITE DEL GASTO DEPARTAMENTOS:
Fuente: Artículo 4 de la Ley 617 de 2000 CATEGORÍA Porcentaje ESPECIAL 50% PRIMERA (1) 55% SEGUNDA (2) 60% TERCERA (3) 70% CUARTA (4) 70% LIMITE DEL GASTO DISTRITOS Y MUNICIPIOS:
Fuente: Artículo 6 de la Ley 617 de 2000 CATEGORÍA Porcentaje ESPECIAL 50% PRIMERA (1) 65% SEGUNDA (2) 70% TERCERA (3) 70% CUARTA (4) 80% QUINTA (5) 80% SEXTA (6) 80% - ¿Cuáles son las entidades a las que se le realiza el proceso de Refrendación de Eficiencia Administrativa?
R/El proceso de Refrendación de Eficiencia Administrativa se les realiza a las 1.135 entidades territoriales existentes entre departamentos, distritos y municipios.
- ¿Con qué información se realiza el proceso Refrendación de Eficiencia Administrativa?
R/Se realiza con la información reportada por parte de las entidades territoriales en las Categorías de información CUIPO la cual sirve para que la CGR certifique los Ingresos Corrientes de Libre Destinación (ICLD) y los Gastos de Funcionamiento de cada departamento, distrito y municipio del país para cada una de las vigencias.
- ¿Con qué frecuencia se debe realizar el proceso de Refrendación de Eficiencia Administrativa?
R/El proceso de Refrendación de Eficiencia Administrativa se debe realizar todos los años, en la vigencia posterior a la de la información que se va a analizar y tiene como plazo el 30 de septiembre de cada periodo.
- ¿Para qué sirve el proceso de Refrendación de Eficiencia Administrativa a las entidades?
R/Las entidades que son refrendadas y cumplen con lo definido en la norma referente a “El 10% por eficiencia administrativa en la racionalización del gasto. Entendida como el incentivo a los distritos y municipios que cumplan con los límites establecidos para los gastos de funcionamiento de la administración central de que trata la Ley 617 de 2000 o las normas que la modifiquen, sustituyan o adicionen.” recibirán el 10% por eficiencia administrativa del recurso del Sistema General de Participaciones (SGP) de Propósito General.
- ¿Dónde puedo consultar los resultados del proceso de Refrendación de Eficiencia Administrativa?
R/Para consultar el resultado del proceso de Refrendación de Eficiencia Administrativa de alguna entidad debe escribir al correo contactenos@contaduria.gov.co solicitando la respectiva información indicando la vigencia de los ingresos que necesita.